{"id":656,"date":"2016-04-15T18:34:16","date_gmt":"2016-04-15T21:34:16","guid":{"rendered":"https:\/\/salud.net.ar\/?p=656"},"modified":"2018-10-05T20:05:11","modified_gmt":"2018-10-05T23:05:11","slug":"que-es-el-pmo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/salud.net.ar\/que-es-el-pmo\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 es el PMO?"},"content":{"rendered":"
El Programa M\u00e9dico Obligatorio (PMO)<\/strong><\/em>\u00a0es un conjunto de prestaciones b\u00e1sicas que todas las Obras Sociales y Prepagas deben cubrir, de manera obligatoria, sin importar cu\u00e1l sea el tipo de plan que posea el beneficiario. Este Programa se propuso para \u00a0garantizar, a los bonificados y\/o beneficiarios de todo tipo de Obras Sociales y Prepagas, la cobertura de una amplia serie de servicios y medicamentos. En este art\u00edculo hablaremos de las prestaciones establecidas por el Programa M\u00e9dico Obligatorio.<\/p>\n Desde la implementaci\u00f3n del PMO<\/strong><\/em>, todas las Obras Sociales y Prepagas deben cumplir con una cobertura del 40% en todos los\u00a0medicamentos, y del 70% en los casos de aquellos requeridos para patolog\u00edas cr\u00f3nicas (como diabetes, hipertensi\u00f3n, asma, epilepsia, hipercolesterolemia, insuficiencia card\u00edaca<\/a>, enfermedad coronaria, entre otras). A su vez, incluye una cobertura del 100% en los medicamentos destinados a pacientes en situaci\u00f3n de internaci\u00f3n y lo mismo para medicamentos oncol\u00f3gicos.<\/p>\n El Programa M\u00e9dico Obligatorio<\/strong><\/em> impone una cobertura total, del 100%, en todas las modalidades de internaci\u00f3n, ya sea de forma domiciliaria, institucional o en hospital de d\u00eda. Dicha cobertura, a su vez, no comprende l\u00edmites de tiempo.<\/p>\n El Programa Materno Infantil, consiste en una cobertura completa de la maternidad, desde el inicio del embarazo hasta el primer a\u00f1o de edad del nacido. Se establece, en primer lugar, la cobertura total de las madres durante el embarazo, desde ex\u00e1menes y an\u00e1lisis de rutina, consultas m\u00e9dicas, ecograf\u00edas y al momento del parto.<\/p>\n Las madres se encuentran exceptuadas del pago de todo tipo de coseguros desde el momento del diagn\u00f3stico hasta 30 d\u00edas luego del nacimiento del ni\u00f1o. Adem\u00e1s, el Programa dispone la cobertura absoluta de los ni\u00f1os durante el primer a\u00f1o de vida, tanto en medicaciones espec\u00edficas, como en controles, internaci\u00f3n y ambulatoria.<\/p>\n Incluye, tambi\u00e9n, la total gratuidad de las vacunas obligatorias<\/a>. Se establece la cobertura del diagn\u00f3stico y tratamiento de todas las afecciones de car\u00e1cter maligno, especialmente de c\u00e1ncer de mama y de cuello uterino. Quedan, sin embargo, fuera de esto, todos los tratamientos que se encuentren en fase experimental\u00a0 o de prueba.<\/p>\n Tiene en cuenta todas las consultas, tanto de diagn\u00f3stico y planificaci\u00f3n de tratamiento, como de urgencia, fluoraci\u00f3n y campa\u00f1as de educaci\u00f3n para el correcto cuidado bucal.<\/p>\n El PMO<\/strong><\/em> garantiza la cobertura de un total de hasta 30 consultas ambulatorias anuales, entre las que incluye: entrevista psicol\u00f3gica, psicopedag\u00f3gica y psiqui\u00e1trica, psicoterapia individual y grupal, psicoterapia familiar, de pareja y psicodiagn\u00f3stico. Tambi\u00e9n, cubre la internaci\u00f3n de hasta 30 d\u00edas por a\u00f1o para los casos de patolog\u00edas agudas.<\/p>\n En cuanto a la salud mental, el Programa dispone brindar vital atenci\u00f3n, tambi\u00e9n, a los distintos tipos de actividades destinadas a desarrollar comportamientos y h\u00e1bitos de vida saludables, as\u00ed como tambi\u00e9n a actividades espec\u00edficas que puedan ser capaces de prevenir comportamientos generadores de trastornos y malestares ps\u00edquicos.<\/p>\n En lo referido a la rehabilitaci\u00f3n, el Programa garantiza la cobertura total de hasta 25 sesiones por a\u00f1o, tanto en pr\u00e1cticas kinesiol\u00f3gicas como fonoaudiol\u00f3gicas. Impone una cobertura ambulatoria completa para distintos tipos de rehabilitaci\u00f3n: motriz, psicomotriz, readaptaci\u00f3n ortop\u00e9dica y rehabilitaci\u00f3n sensorial.<\/p>\n El Programa M\u00e9dico Obligatorio<\/strong><\/em> asegura una cobertura del 100%, tanto en otoampl\u00edfonos como en anteojos, para ni\u00f1os de hasta 15 a\u00f1os de edad, a fin de poder garantizarle a los mismos un nivel de audici\u00f3n y de visi\u00f3n adecuados que los ayude a mantener una educaci\u00f3n que logre maximizar sus potencialidades.<\/p>\n En cuanto a la colocaci\u00f3n de pr\u00f3tesis<\/a> e implantes permanentes, la cobertura exigida por el PMO<\/strong><\/em> es del 100%. Cuando se trata de \u00f3rtesis o pr\u00f3tesis externas, se alcanza una cobertura total del 50%. Las \u00fanicas pr\u00f3tesis que no est\u00e1n incluidas en el Programa son las llamadas miog\u00e9nicas o bioel\u00e9ctricas.<\/p>\n Un dato a tener en cuenta en estos casos, es que la indicaci\u00f3n m\u00e9dica de este servicio debe llevar el nombre gen\u00e9rico y no la marca del mismo. Debe tratarse de elementos de producci\u00f3n nacional; s\u00f3lo se aceptan importados cuando no existen los requeridos de origen nacional.<\/p>\n Si bien, en este caso, el Programa asegura una cobertura del 100%, para acceder a esto, es un requisito indispensable que el paciente se inscriba previamente en el INCUCAI. Dicha inscripci\u00f3n debe realizarse dentro de los primeros 30 d\u00edas de iniciado el tratamiento. La modalidad a ser cubierta es definida por la auditor\u00eda m\u00e9dica, seg\u00fan las necesidades espec\u00edficas de cada uno de los destinatarios.<\/p>\n El PMO<\/strong><\/em> tiene en cuenta todos los programas de prevenci\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n los tratamientos psicol\u00f3gicos, m\u00e9dicos y los medicamentos para personas con problemas de drogadicci\u00f3n.Medicamentos<\/strong><\/h2>\n
Internaci\u00f3n<\/strong><\/h2>\n
Programa Materno Infantil<\/strong><\/h2>\n
\nPor otra parte, aunque s\u00f3lo en el caso exclusivo de existir una indicaci\u00f3n m\u00e9dica, puede tener en cuenta la cobertura de las leches maternizadas (o de otro tipo) para el consumo del beb\u00e9.<\/p>\nPrograma de prevenci\u00f3n de c\u00e1nceres femeninos<\/strong><\/h2>\n
Odontolog\u00eda<\/strong><\/h2>\n
Salud Mental<\/strong><\/h2>\n
Rehabilitaci\u00f3n<\/strong><\/h2>\n
Anteojos y Otoampl\u00edfonos<\/strong><\/h2>\n
Pr\u00f3tesis y \u00d3rtesis<\/strong><\/h2>\n
Hemodi\u00e1lisis y Di\u00e1lisis peritoneal continua ambulatoria<\/strong><\/h2>\n
Adicciones<\/strong><\/h2>\n
\nVIH\/SIDA<\/strong><\/p>\n